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Barcelona, a 9 de enero de 2.001 REUNIDOS: De una parte, la Señora Glòria AUSIÓ ARUMÍ y el Señor Lluís JUEGA LOSMOZOS, todos ellos mayores de edad. Y por otra parte, por el Sindicato CC.OO, el Señor Josep ALONSO ROCA, la Señora Mª Belen ROMERO RUIZ y el Señor Víctor VALLS ANDRES; por el Sindicato UGT, el Señor Ramon ESPLUGUES GRIMAU; por el Sindicato SEC, la Señora Raquel PUIG PEREZ y el Señor Daniel BERNAL VERNEDA; por el Sindicato CSICA, el Señor Emili MOYA ARGEMI, todos ellos mayores de edad. ACTÚAN: Los primeros, en nombre y representación de Caixa Catalunya. Y los segundos, en nombre y representación de las secciones sindicales de Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores, Sindicat d'Estalvi de Catalunya y Confederación Sindical Independiente-Cajas de Ahorro, respectivamente. Reconociéndose ambas partes la capacidad legal
necesaria para el que es el objeto del presente acto, y de la su libre
y espontánea voluntad, Que es voluntad de todas las partes resolver, mediante este acuerdo, el conflicto colectivo planteado ante la Dirección General de Trabajo en Madrid(1) (Expediente SMAC 156/00) en torno a la aplicación del artículo 70.4 del texto del Estatuto de Empleados de Cajas de Ahorro a los empleados/as que con posterioridad al 29.05.1986 han accedido a contratación indefinida a Caixa Catalunya después de un período de contratación definida o temporal, y en consecuencia (1) Conflicto Colectivo presentado por el SEC el día 13 de noviembre de 2000. ACUERDAN:
A continuación se detallan las cantidades anuales y las rentabilidades a aplicar a las mismas:
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